Modelos de factura para abogados y procuradores
La abogacía es un oficio estrechamente ligado al funcionamiento de nuestra sociedad, del mismo modo que la industria alimentaria, la educativa o la sanitaria: resulta imposible que una sociedad industrial basada en el Estado de Derecho como la nuestra funcione sin abogados, empresas de alimentos, maestros, médicos y enfermeras.
En España hay alrededor de 150.000 abogados colegiados que ejercen activamente su oficio. La gran mayoría son profesionales por cuenta propia y, de estos, alrededor de 42.000 trabajan en el turno de oficio, que son los que prestan asistencia jurídica gratuita en los juzgados.
Aunque a día de hoy este tipo de servicios legales están exentos, ha habido ocasiones en las que esto no ha sido así.
Desde un punto de vista de la facturación y la contabilidad, esto implica lo siguiente:
El deber de hacer facturas y emitirlas.
El deber de usar modelos de factura profesionales con todos los requisitos legales (faltaría más... ¡son abogados!).
Requisitos de un modelo de factura para abogados y procuradores
Una plantilla de factura para abogados y procuradores no tiene más misterio que el que dicta la normativa de facturación. Resumiendo:
Número de factura. La serie que se establezca ha de ser correlativa y sin saltos.
Fecha de expedición. Y en caso de que la fecha en que tuvo lugar el servicio no coincida, se ha de remarcar también.
Descripción del servicio.
Importe neto del servicio (sin contar IVA e IRPF, si procede).
Importe total.
Conviene hacer constar la fecha de vencimiento y las condiciones de pago en la factura. Pues cuanto más claro esté todo escrito sobre el papel, como bien saben los abogados, mejor y más garantista será la transacción.
El IVA y la retención por IRPF en un modelo de factura para abogados y procuradores
Las retenciones por IRPF solo se aplican en caso de que el cliente sea un empresa u otro profesional. Si es un particular, como bien sabe cualquier abogado o procurador, no se aplica ninguna retención.
En caso de hacerlo: has de retener un 15% del importe neto de la factura. Los nuevos autónomos, no obstante, pueden retener el 7%. Si este es tu caso, te recomiendo leer nuestro artículo: ¿Es una buena idea aplicar el 7% de retención a tu modelo de factura?
Ahora vayamos con el IVA.
El tipo de IVA general que se suele aplicar es del 21%. También a las minutas y otros servicios ligados a los procesos judiciales.
El IVA en los servicios de abogados y procuradores del turno de oficio
A principios de 2017, una decisión de la Dirección General de Tributos cayó como una bomba entre los abogados y procuradores del turno de oficio: a partir de ese momento debían aplicar el IVA del 21% a sus servicios.
Hablamos de bomba porque:
Se trata de un servicio que se presta gratuitamente;
Hasta ese momento, este servicio estaba exento de IVA.
En este espacio no queremos entrar en detalles sobre esta decisión que el Ministerio de Hacienda revirtió a las pocas semanas.
La decisión afectaba a un colectivo profesional muy amplio (42.000 abogados y procuradores, decíamos antes). Y se basaba en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la situación de los abogados de oficio belgas, que trabajaban en unas circunstancias bien distintas a las de sus homólogos españoles.
No obstante, hasta que el Ministerio no rectificó, los abogados y procuradores del turno de oficio estuvieron obligados a emitir facturas aplicando un IVA del 21% a un servicio que prestaban gratuitamente.
Durante los apenas dos meses que esta decisión se mantuvo en pie, una de las mayores dudas que se plantearon fue: ¿quién pagará entonces el IVA?
Como se trata de un servicio gratuito, el ciudadano particular no se veía afectado, por lo que es probable que el impuesto lo fuera a asumir la propia Administración de Justicia, que es quien costea esta clase de servicios.
Como ya hemos adelantado al principio de esta sección, finalmente el Ministerio de Hacienda revirtió esta orden, por lo que esta clase de servicios volvieron a estar exentos de IVA para la tranquilidad de muchos.