Cómo hacer facturas con portes y recargo de equivalencia
Sobre cómo hacer facturas con recargo de equivalencia con nuestro programa de facturación te hemos informado en otros artículos.
Así que puedes echarle un vistazo a: Cómo hacer facturas con recargo de equivalencia. Y a nuestro artículo: ¿Qué es el recargo de equivalencia y cómo funciona?.
No obstante, recientemente nos ha surgido una duda: los portes, esto es, los gastos de envío... ¿También se ven afectados por el recargo de equivalencia?
Hacer facturas y aplicar el recargo de equivalencia a los portes
Es un tema que provoca confusión, pues muchos autónomos entienden que el recargo de equivalencia solo se repercute sobre los productos, pero no sobre servicios accesorios como el transporte.
No obstante, para sembrar aún más confusión, algunos asesores, quizá no muy bien asesorados en este asunto, informan a sus clientes de que el recargo de equivalencia sólo se aplica a los productos y que los gastos de envío quedan libres (aunque no libres de IVA).
¿En qué quedamos? Pues bien, después de varias consultas, nos encontramos con lo siguiente:
El recargo de equivalencia se aplica al conjunto de la factura, por lo que si en la plantilla de factura se ha activado el recargo de equivalencia, éste también se debe aplicar a los gastos de envío.
En caso de que los gastos de envíos, por el motivo que sea, no se les quiere aplicar el recargo de equivalencia, se han de facturar aparte, pero no en la misma factura. Es decir: no puede constar un servicio en la factura con recargo de equivalencia al que no se le aplique este impuesto.
Esta interpretación, que parece ser mayoritaria, se desprende de distintas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos (consulta 1338, del 26 de junio de 2000; y consulta 2067, del 21 de noviembre de 2001), así como del artículo 148 de la ley de IVA y el artículo 59.1 del Real Decreto 1624 / 1992.